La EUC adapta su actividad para prestar los servicios considerados esenciales y así favorecer el confinamiento domiciliario
31 de marzo de 2020La Entidad Urbanística de Conservación (EUC) de Costa Ballena, al objeto de dar cumplimiento a lo previsto en el RD 463/2020 de 14 de marzo, por el que se decreta el estado de alarma y al Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se limita la movilidad de las personas trabajadoras, permitiéndose sólo a las que realicen actividades esenciales, y con efectos desde el día 30 de marzo y hasta el 8 de abril, ha adoptado una serie de medidas, tendentes todas ellas a identificar los servicios esenciales y a reorganizar el trabajo a desarrollar para dar cobertura suficiente a las necesidades de mantenimiento y conservación que se considera mínima e indispensable.
Dichas medidas coinciden, en esencia, con las que ha venido adoptando el Ayuntamiento de Rota y que se han venido publicando en distintos bandos (https://www.aytorota.es/gobierno-de-la-ciudad/normativas-y-presupuestos/bandos-de-alcaldia.html) y cuentan por tanto, con el conocimiento y consentimiento del alcalde de Rota, con quien se mantiene un contacto permanente al objeto de coordinar la forma de proceder.
A estos efectos, es de interés resaltar que los miembros del Consejo Rector de la Entidad, vienen reuniéndose de forma permanente, a través de videoconferencia, al objeto de ir tomando las decisiones que sean precisas, para adaptarnos a la difícil y extraordinaria situación por la que estamos atravesando, intentando siempre, por un lado, preservar y garantizar la salud de los trabajadores; y por otro lado, dar continuidad a las labores de mantenimiento y conservación, en la medida en que sea posible, habiéndose modificado la planificación para adaptarla a las actuales circunstancias y proveyéndose ya un plan extraordinario, para que cuando se vuelva a la normalidad, se consiga en el menor tiempo posible, que el complejo presente el nivel de calidad que lo caracteriza.
Entre los servicios mínimos e indispensables que se han considerado esenciales, se encuentran la limpieza y la desinfección, catalogados como tal en la norma de aplicación, y el servicio de control de plagas, considerado actividad de primera necesidad para la protección de la salud. A los trabajadores que desempeñan esta labor, se une un oficial mecánico que se encargará de la reparación y puesta a punto de la maquinaria que da soporte a los servicios mencionados y un servicio de guardia para el caso que se produjera alguna avería en la red de riego, o cualquier otra actuación que no admita demora y que haya que atender con urgencia. El técnico de mantenimiento y conservación prestará igualmente sus servicios en atención a las labores que se estén realizando, y el personal de administración desarrollará su trabajo en la modalidad de teletrabajo, por lo que desaparece la atención presencial, pero se mantiene la atención en las direcciones de correo electrónico y teléfonos habituales.
A los trabajadores que no se encuentren dentro de los convocados para la realización de estas labores, les es de aplicación el artículo 2 del mencionado Real Decreto, y se encuentran disfrutando de un permiso retribuido recuperable. No obstante, están disponibles para la incorporación a su puesto de trabajo, en el caso de que por necesidades de urgencia, así se requiriese en algún momento a lo largo de estos días.
Por parte de la Entidad, se quiere resaltar el compromiso de la plantilla de trabajadores, con quienes se ha mantenido una relación fluida y permanente, adaptándose a las medidas de carácter reorganizativo que se han ido adoptado.
Transcurrido el plazo de esta limitación establecida por el Gobierno para contribuir a contener el avance del COVID-19, prestaremos los servicios de forma habitual y en los casos que se requiera, se pondrá en funcionamiento un plan de actuación extraordinario, con el fin de atender a necesidades, que debido a las restricciones impuestas y a las medidas ahora adoptadas, se hayan visto especialmente afectadas.
Este es el caso, a modo de ejemplo, del servicio de recogida de restos vegetales a los miembros de la Entidad, actividad esta que nos hemos visto obligados a suspender, no sólo por no ser considerada esencial a los efectos del RDL., sino también porque el gestor autorizado con el que completamos los trabajos de recogida, para su traslado al lugar de depósito definitivo, nos ha comunicado su imposibilidad de seguir prestándonos sus servicios, al estar incluidos todos sus trabajadores en el permiso retribuido compensable. Por esta razón, una vez se recobre la normalidad y se alcen las restricciones impuestas, se pondrá en funcionamiento un plan intensivo de recogida de restos vegetales, incrementando el número de días del servicio, a fin de atender la demanda que se genere.
Esperamos que estas medidas, que suponen un esfuerzo para todos, surtan el efecto deseado y esta situación que estamos viviendo termine lo antes posible.
Por su interés, volvemos a recordar que la EUC, con la implementación de un sistema de voluntariado, ha establecido un mecanismo de ayuda domiciliaria para atender a las necesidades de personas que por su estado de salud o edad, no puedan desplazarse para comprar productos de alimentación, limpieza o medicamentos.
Los datos de contacto son:
– Teléfono de la EUC de Costa Ballena: 956 84 70 61
Horario: de 8.00 a 15.00 horas, de lunes a viernes
– Miguel Córdoba (coordinador-voluntario): 674 03 19 60
– Correos electrónicos:
euc@euccostaballena.com
mikcordoba@hotmail.com
Entre todos lo conseguiremos. ¡Quédate en casa!