Información de interés sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física al aire libre en la Fase 0 de desescalada del Covid-19

Información de interés sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física al aire libre en la Fase 0 de desescalada del Covid-19

5 de mayo de 2020 Desactivado Por admin-oscar

INFORMACIÓN DE INTERÉS EN RELACIÓN A LA APLICACIÓN DE LA ORDEN SND/380/2020, DE 30 DE ABRIL, SOBRE LAS CONDICIONES EN LAS QUE SE PUEDE REALIZAR ACTIVIDAD FÍSICA NO PROFESIONAL AL AIRE LIBRE DURANTE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19 EN LA FASE O DE DESECALADA

 

Como se ha apuntado ya en anteriores circulares informativas, desde que se declaró en el estado de alarma, la Entidad Urbanística de Conservación (EUC) de Costa Ballena, viene manteniendo, aún más si cabe, una estrecha comunicación con el Ayuntamiento de Rota, al objeto de coordinar todas las medidas que se han ido adoptando a lo largo de estas últimas semanas.

 

Con igual propósito, en el día de hoy, se nos ha solicitado desde la Jefatura de la Policía Nacional de Rota, que en la medida de lo posible, para evitar así la apertura de expedientes sancionadores y a través de nuestros medios, se informe a los usuarios del complejo urbanístico de que en Costa Ballena no es de aplicación lo previsto en el artículo 5.2 de la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, y en consecuencia, toda actividad deportiva no profesional de cualquier deporte individual que no requiera contacto con terceros, así como los paseos, SÓLO SE PODRÁN REALIZAR UNA VEZ AL DÍA Y DURANTE LAS SIGUIENTES FRANJAS HORARIAS:

a) La práctica de deporte individual y los paseos solo podrán llevarse a cabo entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas.

b) Aquellas personas que requieran salir acompañadas por motivos de necesidad y las personas mayores de 70 años podrán practicar deporte individual y pasear entre las 10:00 horas y las 12:00 horas y entre las 19:00 horas y las 20:00 horas. Las personas mayores de 70 años podrán salir acompañadas de una persona conviviente de entre 14 y 70 años.

 

La norma antes citada, viene a completar a la Orden SND/370/2020, de 25 de abril, modificada por la Disposición final primera de la Orden SND/380/2020, de 30 de abril, sobre las condiciones en las que deben desarrollarse los desplazamientos por parte de la población infantil durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, y que permite a los niños y niñas menores de 14 años, y a un adulto responsable, circular por las vías o espacios de uso público, quedando limitada esta actividad a la realización de un paseo diario, de máximo una hora de duración y a una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio del menor, entre las 12:00 horas y las 19:00 horas.

 

En consecuencia, con la remisión de esta circular informativa, damos cumplimiento a la colaboración que se nos ha solicitado, esperando que se haga un uso responsable de las medidas aprobadas por las autoridades, como así ha venido siendo con carácter general.

 

Para mayor información, puede acceder al texto íntegro del bando publicado por el Ayuntamiento de Rota, clicando en el siguiente enlace https://www.aytorota.es/images/gobierno/alcaldia/bandos/2020/bando_alcaldia_coronavirus_20200325.pdf

 





Oficina de Turismo de Rota

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