Convocada la Asamblea General Ordinaria de la EUC de Costa Ballena para el 18 de diciembre
2 de diciembre de 2021La Entidad Urbanística de Conservación (EUC) de Costa Ballena Rota celebrará su Asamblea General Ordinaria el próximo 18 de diciembre de 2021, a las 9.00 horas en primera convocatoria, y a las 10.00 horas en segunda convocatoria, en el salón de actos del Hotel Elba Costa Ballena.
Así se acordó por parte del Consejo Rector en la sesión celebrada el pasado 7 de noviembre, donde también se estableció el orden del día que será el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1- Nombramiento de interventores para aprobación del acta.
2- Informe de Presidencia
3- Aprobación, si procede, del presupuesto ordinario de ingresos y gastos para el ejercicio 2022.
4- Designación y elección de los miembros del Consejo Rector
5- Ruegos y Preguntas.
Los representantes de los miembros de la Entidad convocados a la Asamblea General pueden acceder a la documentación correspondiente al punto del orden del día relativo a la aprobación de los presupuestos de ingresos y gastos para el ejercicio económico del año 2022, conforme a lo dispuesto en el artículo 22.4 de los Estatutos de la EUC, bien en las oficinas de la entidad, en la avenida de la Ballena s/n, así como en la web de la EUC de Costa Ballena digital.euccostaballena.com en la zona de usuarios. De igual forma, se puede solicitar su remisión por correo electrónico, llamando al teléfono 956 84 70 61.
Desde la EUC de Costa Ballena señalan que debido a que el proceso de reforma de los Estatutos ya ha concluido, la Asamblea General se regirá por el régimen jurídico previsto en el nuevo texto redactado y aprobado, en el que es de interés tener en cuenta varios particulares sobre asistencia, voto o elección como miembro del Consejo Rector:
1. Normas relativas a la asistencia a la Asamblea General, por delegación
a. Este supuesto se da cuando el miembro de la Entidad con derecho a asistir a la Asamblea, no pueda hacerlo y quiera delegar en un tercero.
b. En estos casos, se podrá designar, por escrito y para cada reunión, a un representante en la Asamblea.
c. Dicho escrito deberá presentarse en la Entidad, con una antelación mínima de 48 horas con respecto a la hora fijada para la celebración de la Asamblea, y deberá ir firmado por el representado y por el representante, y expresar la fecha de la convocatoria de la Asamblea para la que se confiere la representación.
d. En aquellos casos en los que el miembro de la Entidad tenga un representante legal o voluntario, deberá ser este quien suscriba el documento al que se ha hecho alusión en el párrafo anterior.
e. En todo caso, el representante no tendrá por qué tener la condición de miembro de la Entidad, pero este no podrá a su vez delegar en un tercero su poder de representación.
f. La representación otorgada en la forma indicada, podrá ser revocada, siempre que se comunique dicha circunstancia de forma expresa, escrita y fehacientemente antes del inicio de la sesión.
2. Normas relativas al derecho de voz y voto
a. Cualquier miembro de la Entidad, sea cual sea el porcentaje de coeficiente de participación que ostente, ya sea un propietario individual o quien ostente la representación en casos de división horizontal y otros supuestos de cotitularidad, tendrá derecho a voz y voto.
b. De lo anterior se colige, que con los nuevos Estatutos, ha quedado derogada la exigencia de contar con un porcentaje superior al 1%, para poder ejercer dichos derechos.
3. Normas para ejercer el derecho a ser elegido como vocal del Consejo Rector
a. Se requiere tener título de propiedad admitido en Derecho, de algún bien inmueble que esté incluido en el ámbito de actuación de la Entidad.
b. El interesado deberá presentar su candidatura por escrito firmado y dirigido a la Entidad.
c. En el referido escrito se hará constar el nombre, apellidos, documento nacional de identidad y un domicilio a efectos de notificaciones, debiéndolo hacer antes de 5 días naturales, con respecto a la hora y día fijada para la Asamblea, siendo necesario acompañar un documento que justifique suficientemente su condición de propietario de un inmueble que forme parte del ámbito de actuación de la Entidad.
Convocada la Asamblea General Ordinaria de la EUC de Costa Ballena para el 18 de diciembre
29 de noviembre de 2021La Entidad Urbanística de Conservación (EUC) de Costa Ballena Rota celebrará su Asamblea General Ordinaria el próximo 18 de diciembre de 2021, a las 9.00 horas en primera convocatoria, y a las 10.00 horas en segunda convocatoria, en el salón de actos del Hotel Elba Costa Ballena.
Así se acordó por parte del Consejo Rector en la sesión celebrada el pasado 7 de noviembre, donde también se estableció el orden del día que será el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1- Nombramiento de interventores para aprobación del acta.
2- Informe de Presidencia
3- Aprobación, si procede, del presupuesto ordinario de ingresos y gastos para el ejercicio 2022.
4- Designación y elección de los miembros del Consejo Rector
5- Ruegos y Preguntas.
Los representantes de los miembros de la Entidad convocados a la Asamblea General pueden acceder a la documentación correspondiente al punto del orden del día relativo a la aprobación de los presupuestos de ingresos y gastos para el ejercicio económico del año 2022, conforme a lo dispuesto en el artículo 22.4 de los Estatutos de la EUC, bien en las oficinas de la entidad, en la avenida de la Ballena s/n, así como en la web de la EUC de Costa Ballena digital.euccostaballena.com en la zona de usuarios. De igual forma, se puede solicitar su remisión por correo electrónico, llamando al teléfono 956 84 70 61.
Desde la EUC de Costa Ballena señalan que debido a que el proceso de reforma de los Estatutos ya ha concluido, la Asamblea General se regirá por el régimen jurídico previsto en el nuevo texto redactado y aprobado, en el que es de interés tener en cuenta varios particulares sobre asistencia, voto o elección como miembro del Consejo Rector:
1. Normas relativas a la asistencia a la Asamblea General, por delegación
a. Este supuesto se da cuando el miembro de la Entidad con derecho a asistir a la Asamblea, no pueda hacerlo y quiera delegar en un tercero.
b. En estos casos, se podrá designar, por escrito y para cada reunión, a un representante en la Asamblea.
c. Dicho escrito deberá presentarse en la Entidad, con una antelación mínima de 48 horas con respecto a la hora fijada para la celebración de la Asamblea, y deberá ir firmado por el representado y por el representante, y expresar la fecha de la convocatoria de la Asamblea para la que se confiere la representación.
d. En aquellos casos en los que el miembro de la Entidad tenga un representante legal o voluntario, deberá ser este quien suscriba el documento al que se ha hecho alusión en el párrafo anterior.
e. En todo caso, el representante no tendrá por qué tener la condición de miembro de la Entidad, pero este no podrá a su vez delegar en un tercero su poder de representación.
f. La representación otorgada en la forma indicada, podrá ser revocada, siempre que se comunique dicha circunstancia de forma expresa, escrita y fehacientemente antes del inicio de la sesión.
2. Normas relativas al derecho de voz y voto
a. Cualquier miembro de la Entidad, sea cual sea el porcentaje de coeficiente de participación que ostente, ya sea un propietario individual o quien ostente la representación en casos de división horizontal y otros supuestos de cotitularidad, tendrá derecho a voz y voto.
b. De lo anterior se colige, que con los nuevos Estatutos, ha quedado derogada la exigencia de contar con un porcentaje superior al 1%, para poder ejercer dichos derechos.
3. Normas para ejercer el derecho a ser elegido como vocal del Consejo Rector
a. Se requiere tener título de propiedad admitido en Derecho, de algún bien inmueble que esté incluido en el ámbito de actuación de la Entidad.
b. El interesado deberá presentar su candidatura por escrito firmado y dirigido a la Entidad.
c. En el referido escrito se hará constar el nombre, apellidos, documento nacional de identidad y un domicilio a efectos de notificaciones, debiéndolo hacer antes de 5 días naturales, con respecto a la hora y día fijada para la Asamblea, siendo necesario acompañar un documento que justifique suficientemente su condición de propietario de un inmueble que forme parte del ámbito de actuación de la Entidad.